Derecho de igualdad y no discriminación por razón de género
Derecho a la igualdad sin discriminación ejemplos
Las mujeres constituyen la mayoría de las personas más pobres del mundo y el número de mujeres que viven en la pobreza rural ha aumentado un 50% desde 1975. Las mujeres trabajan dos tercios de las horas de trabajo del mundo y producen la mitad de los alimentos del mundo, pero sólo ganan el 10% de los ingresos mundiales y poseen menos del 1% de las propiedades del mundo1. La violencia contra las mujeres en todo el mundo y en todas las culturas prevalece a una escala inimaginable, y el acceso de las mujeres a la justicia suele ir acompañado de obstáculos discriminatorios, tanto en la ley como en la práctica. Las múltiples formas de discriminación basadas en el género y en otros factores como la raza, la etnia, la casta, la discapacidad, las personas afectadas por el VIH/SIDA, la orientación sexual o la identidad de género agravan aún más el riesgo de penurias económicas, exclusión y violencia contra las mujeres.
En algunos países, las mujeres, a diferencia de los hombres, no pueden vestirse como quieren, conducir, trabajar de noche, heredar propiedades o declarar ante los tribunales. La gran mayoría de las leyes expresamente discriminatorias en vigor se refieren a la vida familiar, e incluyen la limitación del derecho de la mujer a casarse (o el derecho a no casarse en los casos de matrimonios forzados tempranos), a divorciarse y a volverse a casar, permitiendo así prácticas matrimoniales discriminatorias por razón de sexo, como la obediencia a la esposa y la poligamia. Las leyes que ordenan explícitamente la «obediencia a la esposa» siguen rigiendo las relaciones matrimoniales en muchos Estados.
Igualdad ante la ley
Así pues, las formas de igualdad positiva y negativa son muy diferentes. Cuando la igualdad positiva es la norma, cualquier desigualdad debe estar justificada. Cuando la igualdad negativa es la norma, se aceptan la mayoría de las desigualdades; sólo deben justificarse las desigualdades basadas en uno de los motivos prohibidos, por ejemplo, la raza, el sexo, la lengua o la religión.7
Es importante destacar que, en el derecho internacional, el principio de igualdad suele enunciarse en su forma negativa, que se conoce comúnmente como «no discriminación».8 Al equiparar las dos formas de igualdad en el derecho internacional de los derechos humanos y llamarlas «no discriminación», ha desaparecido el derecho positivo a la igualdad. En este artículo se examina la historia de la redacción de las disposiciones sobre igualdad y no discriminación en el marco general de la Carta Internacional de Derechos Humanos y se propone que la igualdad positiva y la no discriminación (o igualdad negativa) se entiendan como dos conceptos distintos, cada uno de los cuales desempeña un papel importante en la realización de los derechos sociales.
El principio de igualdad es fundamental para los derechos humanos y, sin embargo, su significado sigue siendo ampliamente debatido. Para explicar los múltiples significados de la igualdad, los teóricos suelen empezar con la forma más sencilla de la igualdad uno a uno.12 Este tipo de igualdad se ilustra mejor en la ley con el ejemplo de una persona, un voto.13 El Comité de Derechos Humanos de la ONU explica que este principio requiere que cada elector tenga un voto y que el voto de cada elector sea igual al de los demás.14 En su libro Equalities, Douglas Rae explica que esta misma forma de igualdad simple de uno a uno se aplica en general a los derechos civiles y políticos, como los derechos a la libertad de opinión y de expresión, el derecho contra la detención arbitraria y el derecho a un juicio justo.15 También se aplica en las leyes que exigen la escolarización gratuita y obligatoria para todos los niños.16 Por último, las normas generales, como las señales de prohibido aparcar y los límites de velocidad, también se aplican por igual a todos.17
El derecho a la igualdad y a la no discriminación
Sección 1. Política. Toda persona debe ser tratada con respeto y dignidad y debe poder vivir sin miedo, sin importar quién sea o a quién ame. Los niños deben poder aprender sin preocuparse por si se les niega el acceso al baño, a los vestuarios o a los deportes escolares. Los adultos deben poder ganarse la vida y ejercer una profesión sabiendo que no serán despedidos, degradados o maltratados por la persona con la que van a casa o porque su forma de vestir no se ajusta a los estereotipos basados en el sexo. Las personas deben poder acceder a la asistencia sanitaria y asegurarse un techo sin ser objeto de discriminación por razón de sexo. Todas las personas deben recibir el mismo trato ante la ley, independientemente de su identidad de género u orientación sexual.
Estos principios se reflejan en la Constitución, que promete la igualdad de protección de las leyes. Estos principios también están consagrados en las leyes antidiscriminatorias de nuestro país, entre ellas el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, en su versión modificada (42 U.S.C. 2000e y siguientes). En el caso Bostock contra el condado de Clayton, 590 U.S. ___ (2020), el Tribunal Supremo sostuvo que la prohibición del Título VII de la discriminación «por razón de … sexo» abarca la discriminación por motivos de identidad de género y orientación sexual. Según el razonamiento de Bostock, las leyes que prohíben la discriminación por razón de sexo -incluido el Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972, en su versión modificada (20 U.S.C. 1681 y siguientes), la Ley de Vivienda Justa, en su versión modificada (42 U.S.C. 3601 y siguientes), y el artículo 412 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, en su versión modificada (8 U.S.C. 1522), junto con sus respectivos reglamentos de aplicación- prohíben la discriminación por identidad de género u orientación sexual, siempre que las leyes no contengan indicaciones suficientes en sentido contrario.
El derecho a la igualdad y a no ser discriminado
La discriminación se produce cuando se le trata de forma menos favorable que a otra persona en una situación similar y este trato no puede justificarse objetiva y razonablemente. También puede haber discriminación si se le perjudica al recibir el mismo trato que otra persona cuando sus circunstancias son diferentes (por ejemplo, si tiene una discapacidad o está embarazada).
Es importante entender que la Ley de Derechos Humanos no le protege de la discriminación en todos los ámbitos de su vida: hay otras leyes que ofrecen una protección más general, como la Ley de Igualdad de 2010.
Lo que sí hace la Ley es protegerle de la discriminación en el disfrute de los derechos humanos establecidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos. El artículo 14 se basa en el principio fundamental de que todos, seamos quienes seamos, disfrutamos de los mismos derechos humanos y debemos tener igual acceso a ellos.
La protección contra la discriminación de la Ley de Derechos Humanos no es «independiente». Para invocar este derecho, debe demostrar que la discriminación ha afectado a su disfrute de uno o más de los otros derechos de la Ley. Sin embargo, no es necesario que demuestre que ese otro derecho humano ha sido realmente vulnerado.